domingo, 15 de septiembre de 2013

REQUISITO PARA DEMANDAS


  • PROCESO NO CONTENCIOSO DE ADICIÓN DE NOMBRE


Competencia
Jueces Especializados en lo Civil
Definición
Es el trámite que tiene por finalidad incluir un pre-nombre al nombre consignado en la partida de nacimiento, matrimonio, divorcio o defunción, en la que haya error u omisión.
Requisitos
1.- Demanda firmada por abogado.
2.- Partida de nacimiento, de matrimonio, divorcio o defunción.
3.- Copia simple del documento de identidad del solicitante.
4.- Documentos que acrediten indubitablemente el nombre correcto.
5.- Cédulas de notificación.
Procedimiento
Demanda
Espera de 15 días
Audiencia de Actuación y Declaración Judicial
   
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  • PROCESO DE ADOPCIÓN DE MENORES DE EDAD (POR EXCEPCIÓN)


Competencia
Juzgados de Familia
Definición
Es una medida de protección al Niño y Adolescente, dictado por un Juez, bajo la vigilancia del Estado, se realiza a través del Juzgado de Familia cuando hay un vínculo entre adoptado y adoptante. Aquí, el adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptante.
Requisitos
1.- Que el adoptante goce de solvencia moral.
2.- Que la edad del adoptante sea, por lo menos, igual a la suma de la mayoridad y la del hijo
      por adoptar.
3.- Que cuando el adoptante sea casado, su cónyuge preste su asentimiento.
4.- Que el adoptado, dé su consentimiento, si es mayor de 10 años.
5.- Que consientan los padres del adoptado, si estuviese bajo su patria potestad.
6.- Si el adoptado es incapaz, debe oírse al Tutor o Curador.
7.- Que si el adoptante es extranjero y el adoptado menor de edad, aquel debe ratificar,
      personalmente, ante el Juez su voluntad de adoptar.
8.- Partida de Nacimiento del menor.
9.- Partida de Matrimonio de los adoptantes.
10.- Certificado Médico- Salud Mental/ Física.
11.- Certificado de Antecedentes Penales y Policiales.
12.- Fotos (Que acrediten vivencias familiares con el menor).
13.- Certificado de estudios u otros documentos que acrediten que el adoptante vela por el
        bienestar del menor.
Procedimiento
Cuando el peticionario sea familiar o haya prohijado al niño o adolescente.
Trámites Contestar la demanda (madre o padre biológico)
Audiencias
En caso que no conteste la demanda los padres biológicos o familiares, se hacen publicaciones por edictos.
Nombramiento del curador, quién deberá contestar la demanda.


  • BENEFICIOS SOCIALES


Competencia
Juzgados de Trabajo cuando el pago de remuneraciones y beneficios económicos que se demandan excedan las 10 URP. Proceso Ordinario Laboral.
Juzgados de Paz Letrados cuando el pago de remuneraciones y beneficios económicos que se demandan no excedan las 10 URP. Proceso Sumarísimo.
Definición
Es la acción judicial por la cual un trabajador, con vínculo laboral vigente o roto demanda pago de derechos económicos.
Requisitos
1.- Demanda firmada por abogado.
2.- Documento que acredite la relación laboral (Boletas de pago.
3.- Carnet de Trabajo, Acta de Inspección, etc.).
4.- Medios probatorios (Todos los que señala el Código Civil).
5.- Copia simple del documento de identidad del solicitante.
6.- El trabajador se encuentra exonerado del pago de Tasa Judicial si su petitorio no  
      excede las 70 URP.
Procedimiento
Demanda.
Contestación de Demanda.
Audiencia única.
Sentencia
   


  • DESALOJO


Competencia
Juez de Paz Letrado, si la renta no supera los S/. 1,500.00
Juez Especializado en lo Civil, si la renta supera los S/. 1,500.00 o no existe cuantía
Definición
Proceso que tiene por finalidad obtener la desocupación de una propiedad por haber vencido su contrato de arriendo, por adeudar dos meses más 15 días de alquiler o por no tener un título que justifique su posesión.
Requisitos
1.- Demanda firmada por abogado y por el propietario o arrendador.
2.- Copia simple del documento de identidad del solicitante.
3.- Documento que acredite la propiedad.
4.- Contrato de arriendo que acredite el vencimiento del contrato o sustente la falta de
      pago.
Procedimiento
Demanda
Espera de 5 días
Contestación a la Demanda
Espera de 10 días
Audiencia Única y Sentencia


  • DISPENSA DE PRESENTACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO


Competencia
Juzgados de Familia
Definición
Siendo requisito para contraer matrimonio civil ante cualquier Concejo Provincial, la presentación de la Partida de Nacimiento de los contrayentes, si se careciera de este documento por destrucción del Registro Civil o si resultare imposible su obtención en el breve término por la lejanía, se puede obtener la dispensa judicial de su presentación.
Requisitos
1.- Demanda firmada por abogado.
2.- Copia simple del documento de identidad del solicitante.
3.- Se deberá expresar los fundamentos.
Procedimiento
Demanda
Espera de 15 días
Declaración Judicial


  •    INTERDICCIÓN CIVIL


Competencia
Juzgados de Familia
Definición
Es la acción judicial por la cual a una persona se le declara incapaz de ejercer sus derechos civiles por sí misma.
Pueden ser objeto de interdicción:
Los que, por cualquier causa se encuentran privados de discernimiento.
Los sordomudos, los ciegosordos y los ciegomudos, que no pueden expresar su voluntad, de una manera indubitable.
Los retardados mentales.
Los que adolecen de deterioro mental que les impide expresar su libre voluntad.
Los pródigos.
Los que incurren en mala gestión.
Los ebrios habituales.
Los toxicómanos.
Requisitos
1.- Demanda firmada por abogado, dirigida contra la persona cuya interdicción se pide.
2.- No menos de tres testigos y los documentos que acrediten los hechos que se invocan    
     (En el caso de pródigos y los que incurren en mala gestión).
3.- En los demás casos, la certificación médica sobre el estado del presunto interdicto, la
     que se extiende expedida bajo juramento o promesas de veracidad, debiendo ser
     ratificada en la audiencia respectiva.
Procedimiento
Demanda
Nombramiento de Curador Procesal
Contestación de Demanda
Audiencia Única
Se remite Dictamen a Fiscalía
Sentencia
Se remite a Sala de Familia


  • PAGO DE ALIMENTOS


Competencia
Juez de Paz Letrado: Niños Reconocidos si se tiene prueba documentada que acredite, en forma indubitable, el vínculo familiar o que acredite el entroncamiento familiar, como partida de nacimiento con firma de ambos padres.
Juzgado de Familia: Niños No Reconocidos Si no se tiene prueba documentada que acredite de forma indubitable el vínculo familiar o que acredite el entroncamiento familiar, como partida de nacimiento con firma de ambos padres.
Definición
Es el trámite tendiente a obtener un reconocimiento judicial que disponga el pago de una pensión alimenticia a favor de un alimentista (cónyuge, hijo, padre, hermano). También puede solicitarse el aumento, reducción, prorrateo, exoneración, extinción o cambio en la forma de prestar la pensión alimenticia.
Requisitos
Para interponer la demanda ante el Juzgado de Familia, se debe presentar:
1.- Partida de nacimiento del menor, en la que no presente el reconocimiento del padre.
2.- Acreditar de alguna manera que la madre, tuvo relación con la persona en la época
     de la concepción.
3.- Documento nacional de identidad
Procedimiento
Juzgado de Familia califica la demanda
Demanda se traslada al Ministerio Público, donde tendrán 05 días para contestar sobre el particular.
El Juzgado cita a Audiencia Única a demandante y demandado.
Se fija la fecha para dictar sentencia al expediente.

   

  • RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN DE SENTENCIAS EXTRANJERAS EXEQUÁTUR


Competencia
Sala de familia
Definición
Es el proceso tendiente a obtener el reconocimiento por tribunales peruanos de una Resolución Judicial o laudo arbitral expedido en el extranjero.
Requisitos
1.- Demanda firmada por abogado.
2.- Copia simple del documento de identidad del solicitante y el apoderado.
3.- Precisar la dirección del demandado, anexando certificación domiciliaria o, si se
      desconoce, declarar bajo juramento o promesa de haber agotado las gestiones.
4.- Partida de matrimonio celebrado en el Perú o inscrito ante el Consulado Peruano.
5.- Sentencia extranjera previamente legalizada por el Cónsul peruano y por el Ministerio de
      relaciones Exteriores.
6.- Traducción oficial de la sentencia extranjera (Art. 2107 C.C.).
7.- Poder, por Escritura Pública o por acta suscrita ante la Secretaría de la Sala.
8.- Que la sentencia no resuelva sobre asuntos de competencia exclusiva peruana.
9.- Que el Tribunal Extranjero haya sido competente para conocer el asunto, de acuerdo.
        a las normas de Derecho Internacional
10.- En divorcio, acreditar que el domicilio conyugal se constituye en el lugar donde se
        emitió la sentencia extranjera.
11.- Acreditar que se haya citado al demandado conforme a ley; el lugar del proceso;
        que se le haya concedido el plazo para comparecer y que se le hayan otorgado las
        garantías del debido proceso.
12.- Acreditar, mediante Resolución o certificación expendida por el Tribunal
       Extranjero, que la sentencia tiene la calidad o autoridad de “Cosa Juzgada”
13.- Acreditar que no existe en el país juicio pendiente entre las mismas partes y sobre
        el mismo objeto iniciado con anterioridad a la Interposición de la demanda que
        originó  la sentencia, mediante Certificación o Declaración Jurada de su inexistencia
        debidamente legalizada o certificada ante la Secretaria de la Sala.
14.- Acreditar que la sentencia, materia de Reconocimiento, no es incompatible con otra.
Procedimiento
Demanda
Audiencia de Actuación y Declaración Judicial


  • PERMISO NOTARIAL DE VIAJE DE MENORES


Competencia                     Notario Público
Siempre y cuando ambos padres se encuentren en el Perú, pueden solicitar al Notario la autorización de viaje, acompañado de uno de ellos.
Madres solteras (niños que no estén reconocidos por el padre)


  • RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS


Competencia
Los Juzgados de Paz Letrados del domicilio del solicitante
Definición
Es la acción judicial o notarial que tiene por objeto corregir errores y/o omisiones de nombres, apellidos, fecha de nacimiento, de matrimonio o defunción.
Requisitos
1.- Demanda firmada por abogado.
2.- Documento que acredite el pedido.
3.- Partida de materia a rectificar.
4.- Copia simple del documento de identidad del solicitante.
5.- Documentos que acrediten el pedido.
Procedimiento
Demanda.
Espera de 15 días.
Audiencia de actuación y Declaración Judicial

 

  • TENENCIA DE MENORES


Competencia
Juzgados de Familia
Definición
Es el trámite tendiente a obtener un reconocimiento judicial del derecho de custodia y tenencia de un hijo y procede en caso que los padres se encuentren separados y un cónyuge o conviviente le arrebata al otro un hijo o si estuviera en peligro la identidad física de éste.


Requisitos
1.- Demanda firmada por abogado.
2.- Partida de nacimiento del menor en original y copia.
3.- Copia simple del documento de identidad del Demandante.
4.- Documentos como denuncia por abandono de hogar, violencia familiar y otros medios
     probatorios que acrediten haber vivido con el menor para solicitar su tenencia.
Procedimiento
Demanda
Contestación de Demanda
Audiencia Única
Juzgado remite al Ministerio Público para dictamen.
Regresa a Juzgado para sentencia

   

  • PERMISO JUDICIAL DE VIAJE DE MENORES AL EXTRANJERO


Competencia
Juzgados de Familia
Definición
Si uno de los padres se encuentra en el extranjero, para que su hijo menor de edad pueda viajar al extranjero, sólo o en compañía del otro padre, es indispensable autorización del Juez de Familia.
Requisitos
1.- Partida de nacimiento del menor original y copia.(Si tuviera partida extranjera traducida al
      castellano)
2.- Tasa Judicial de S/. 31.00 por menor.
3.- Copia del documento de identidad del solicitante.
4.- Si el padre se encuentra ausente del país, deberá enviar un poder consular.
5.- El apoderado (madre o padre) que se encuentre en el país, realizará el trámite para el viaje.
6.- Si el padre ausente no envía poder consular, un familiar directo debidamente acreditado
     debe presentar movimiento migratorio.
7.- Padre con paradero desconocido, el Juzgado ordena que se comunique por edictos.
8.- Juzgado solicita a Migraciones el movimiento migratorio del desaparecido.
9.- El padre tendrá para responder a los edictos, un plazo de 30 días, en caso de encontrarse en
     el extranjero y 15 días para el interior de país.
10.-En caso el padre desaparecido no responda, en el plazo establecido, el Juzgado concede el
       permiso.
 Procedimiento
El responsable del menor debe presentar toda la documentación en mesa de partes de los Juzgados de Familia.
El mismo día de la presentación del documento, el solicitante pasará una entrevista en compañía del menor, para la toma de declaraciones.
En 24 horas recabar el permiso, previa entrevista con el Juez, con la presencia del menor.


  • SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR


Competencia
Juzgados de Familia
Definición
Es el trámite que tiene por finalidad la disolución del vinculo matrimonial, por acuerdo de los cónyuges.
Requisitos
1.- Ambos interponen la Demanda firmada por abogado.
2.- Partida de matrimonio.
3.- Tasa Judicial
4.- Copia simple de los documentos de identidad de los cónyuges.
5.- Propuesta de convenio sobre alimentos, bienes y patria potestad.
6.- Inventario valorizado de bienes, con firma legalizada de ambos cónyuges.
7.- Partida de nacimiento de cada uno de los hijos, en caso de haberlos.
Procedimiento
Demanda se traslada al Ministerio Público.
Juzgado: Espera de 5 días contestación del Ministerio Público
Juzgado cita audiencia única.
Si existe conciliación de las partes, se admite la demanda y se actúan las pruebas.
Juzgado: Espera de 30 días en caso de revocar decisión de las partes.
Juez emite la primera sentencia a pedido de las partes, a través de ella se suspende el vínculo conyugal.
Luego de 6 meses se emite la segunda sentencia de divorcio, que es la que disuelve el vínculo.
El expediente se envía a la Sala de Familia para que se confirme la sentencia.



  • PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA


Competencia
Juzgados de Paz
Letrados, si el valor del bien es inferior a S/. 15,000.00 Juez Especializado en lo Civil, si el valor del bien supera el monto de S/. 15,000.00
Definición
Es el derecho a adquirir la propiedad, a través de la posesión continua, pacífica y pública de un bien mueble, durante 2 años y de un bien inmueble, durante 10 años. En el caso de tener algún título el tiempo exigible es de 5 años.
Requisitos
1.- Demanda autorizada por abogado.
2.- Copia simple del documento de identidad del solicitante.
3.- Planos de ubicación y perimétricos del inmueble.
4.- Certificación municipal acerca del propietario o poseedor.
5.- Copia literal de asiento de inscripción ( últimos 10 años si el predio es urbano y de 5 años
     si es rústico.)
6.- Certificación de que el bien no se encuentra inscrito.
7.- Declaración testimonial de no menos de 3 ni más de 6 personas, mayores de 25 años.
     Inspección judicial del predio en caso de deslinde.
Procedimiento
Demanda autorizada por abogado
Espera de 10 días
Contestación a la demanda
Espera de 15 días
Audiencia de Saneamiento y Conciliación
Espera de 20 días
Audiencia de Pruebas
Espera de 50 días
Sentencia


  • PROCESO DE SUCESIÓN INTESTADA (NO CONTENCIOSO)

Competencia
Juez de Paz Letrado, si es por vía judicial Notario Público.
Definición
Se trata de un trámite que el interesado puede ejercitar a nivel judicial o notarial, que tiene por objetivo una declaración de quienes constituirían los herederos forzosos del causante o fallecido.
Requisitos
1.- Demanda firmada por abogado.
2.- Copia simple del documento de identidad del solicitante.
3.- Partida de defunción o copia certificada de la Declaración Judicial de muerte presunta.
4.- Partida de nacimiento o documento público que contenga el reconocimiento de los de los 5.- presuntos herederos o la declaración judicial si se trata de hijo extramatrimonial o
     adoptivo.
6.- Partida de matrimonio, si fuera el caso.
7.- Relación de bienes conocidos.
8.- Certificado registral negativo de testamento.
9.- Certificado registral negativo de Declaratoria de Herederos.
Procedimiento
Solicitud
Espera de 15 días
Publicaciones - Inscripción Preventiva
Espera de 30 días
Acta de Declaratoria de Herederos
Inscripción de Registro de Sucesión Intestada


  • REQUISITOS PARA REALIZAR DENUNCIA POR ABANDONO DE MENOR, PELIGRO MORAL, MALTRATO FÍSICO Y PSICOLÓGICO.


Competencia
Juzgados de familia
Definición
Se trata de un trámite que el interesado puede ejercitar a nivel judicial o notarial, que tiene por objetivo una declaración de quienes constituirían los herederos forzosos del causante o fallecido.
Requisitos
1.- Informe social del menor
2.- Informe Psicológico
3.- Examen de VIH (SIDA)
4.- Examen de VDRL (enfermedades contagiosas)
5.- Examen médico legal (se determinará enfermedades, lesiones, retardo para tomar la
     medida de protección en caso de internamiento en un hogar).
6.- Examen de integridad sexual.
Procedimiento
Ingresa denuncia a Juzgado
Califica
Se toma las medidas correspondientes (internar o entregar a familiares, mientras dure la investigación).
Se realizan visitas sociales
Juzgado remite a Fiscalía por dictamen
Juzgado resuelve sentencia.



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