viernes, 28 de junio de 2013

DESALOJOS

¿Tu inquilino ya cumplió su contrato?
¿No paga el alquiler?
¿Es ocupante precario?

Competencia:
Juez de Paz Letrado, si la renta no supera los S/. 1,500.00
Juez Especializado en lo Civil, si la renta supera los S/. 1,500.00 o no existe cuantía.

Definición:
Proceso que tiene por finalidad obtener la desocupación de una propiedad por haber vencido su contrato de arriendo, por adeudar dos meses más 15 días de alquiler o por no tener un título que justifique su posesión.

Requisitos:

Demanda firmada por abogado y por el propietario o arrendador.
Copia simple del documento de identidad del solicitante.
Documento que acredite la propiedad.
Contrato de arriendo que acredite el vencimiento del contrato o sustente la falta de pago.

Procedimiento:

Demanda
Espera de 5 días
Contestación a la Demanda
Espera de 10 días
Audiencia Única y Sentencia





Pd. Favor de difundir la página. Hay personas que necesitan ayuda.
¡Qué tengan un Buen día!

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